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Extiende su protección laboral Imprimir Correo electrónico
Jueves 04 de Agosto de 2011

Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción acaba de lanzar su nueva cobertura para trabajadores independientes que no tienen vínculo de subordinación con un empleador. Para conocer más detalles acerca de este programa, Christian Guillier -Director Proyecto Independientes de la institución-, conversó con Pro Pyme Chile.

En términos generales ¿Cómo nace esta servicio que presta Mutual de Seguridad y de qué se trata la cobertura para trabajadores independientes socios/dueños de empresas que ofrece su compañía?

Este servicio nace a raíz de la Reforma Previsional del año 2008 (Ley 20.255), que establece que a partir de octubre de ese año los socios/dueños de empresas, entre otro tipo de trabajadores independientes, podrán incorporarse voluntariamente a la misma protección laboral de sus trabajadores dependientes, contenida en la ley de Accidentes del Trabajo.

¿Quiénes son las personas que tienen la posibilidad de acceder a estos beneficios?

En general las personas que la reforma permite que se incorporen son todas aquellas que trabajan por cuenta propia, como trabajadores a honorarios o pequeños contribuyentes, además de los socios/dueños de empresas, que caen en la categoría de trabajadores independientes debido a que no tienen vinculo de subordinación con un empleador, esta condición no hacía posible que se incorporaran al seguro de accidentes del trabajo.

¿Cuáles son los requisitos fundamentales para acceder a los beneficios que ofrece Mutual de Seguridad con respecto a la cobertura para trabajadores independientes socios/dueños de empresas?

Los requisitos fundamentales son que sean socios y/o dueños de la empresa en la que trabajan, que detenten cargos sin vínculo de dependencia o subordinación dentro de la organización y que sean cotizantes activos en los regímenes de Salud y Pensiones.

¿Cuáles son las principales prestaciones a los cuales podrán acceder quienes se adhieran?

Las mismas prestaciones de los trabajadores dependientes de su empresa, ante un siniestro laboral tendrá derecho a las prestaciones médicas en forma gratuita, en nuestras instalaciones clínicas o con prestadores debidamente autorizados, hasta su curación completa o hasta que subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente o enfermedad profesional, pago de subsidios en reemplazo de la renta declarada mientras se encuentre bajo licencia médica y asistencia técnica en prevención de riesgos laborales.

¿Cómo y por qué surge la idea de entregar este beneficio a los trabajadores independientes por parte de la Mutual de Seguridad?

La idea surge debido a que la reforma previsional nos permite dar respuesta a una antigua inquietud nuestra, que es la de extender la protección laboral al socio/dueño de la empresa ya que, a lo largo de nuestra experiencia, nos dábamos cuenta que muchos de ellos trabajan a la par con sus colaboradores y sin contar con una adecuada protección ante un siniestro laboral por lo que, ante esta indeseable circunstancia, debían incurrir en costos tratamientos clínicos para su recuperación.

¿Qué costo tiene este seguro?

El costo es la misma tasa de cotización de su empresa calculada en base al monto imponible por el cual impone en la respectiva AFP, dicho de otro modo, los valores son exactamente los mismos por los cuales paga a sus trabajadores.

¿De qué manera pueden acceder los interesados a más información con respecto a este tema?

Para solicitar información respecto a la incorporación hay que solicitar una ejecutiva al 6002000555 y/o enviar un mail a Esta dirección electrónica esta protegida contra spambots. Es necesario activar Javascript para visualizarla

¿Qué documentación debo presentar para adherirme?

Debe presentar una Solicitud de Adhesión debidamente firmada por el socio/dueño, llenar encuesta de antecedentes de su empresa, indicar en cuál o cuáles empresas trabaja, acreditar la inscripción y vigencia en los regímenes de salud y pensiones y copia de Iniciación de Actividades o extracto de escritura según corresponda.

Por Broker Market Comunicaciones

Entrevistas Pyme

 

Comentarios 

 
Elizabeth 17-11-2011 22:35
Si trabajo como independiente a honorarios, trabajo en dos empresas ,además de realizar clases en una universidad,com o se calcula el porcentaje de cotización a la mutual?
 

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