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Nueva Ley de Quiebras incorporará a personas naturales que demuestren insolvencia Imprimir Correo electrónico
Viernes 03 de Febrero de 2012

imagen El ministro de economía, Pablo Longueira, junto al subsecretario del ramo, Tomás Flores, y la superintendente de quiebras, Josefina Montenegro, proporcionaron los lineamientos de la nueva Ley de Quiebras. Aspectos a destacar es la creación de la figura de un “veedor” para buscar la viabilidad de las compañías y la posibilidad de reorganizar un emprendimiento como persona natural.

La Superintendencia del ramo será la encargada de acoger, tanto a personas como empresas, para iniciar procesos de reorganización y liquidación, según sea el caso. El primero, está centrado en crear las condiciones e incentivos para alcanzar acuerdos viables en un plazo máximo de 116 días hábiles. El segundo, se enfoca en la rapidez del procedimiento, el cual no podrá superar los 327 días hábiles.

“La actual ley está pensada en empresas y cuando se recurre a ella está hecha para establecer el mecanismo de quiebra y la prelación de los activos que queden. Lo que hacemos ahora es que se crea una nueva figura que es el veedor –un profesional que tiene como oficio la capacidad de buscar la viabilidad de las compañías– y se incorpora por primera vez una forma de reorganizar un emprendimiento a través de personas naturales”, comentó el secretario de Estado.

De esta forma, con el cambio normativo se introducirá un procedimiento especial de repactación para el deudor no comerciante, el cual tendrá una duración de 75 días hábiles y podrá ser solicitado tanto por el deudor como por el acreedor.

Eso sí, hay restricciones. Los deudores “tienen que tener dos títulos ejecutivos vencidos provenientes de obligaciones diversas y ser una persona natural civil”, acotó Montenegro. Por otra parte, existe un plazo de cinco años dentro de los cuales una persona natural no puede declararse más de una vez en quiebra.

“En Chile hay muchos que hacen sus oficios con su RUT personal. Queremos evitar que las personas que fracasen, se escondan, se arranquen o se vayan a regiones, pasando años y décadas en una situación de insolvencia, quedando en registros comerciales y en un nivel de incumplimiento que les hace muy difícil enfrentar la formalidad”, explicó el titular de Economía.

Lineamientos de la Iniciativa

Ámbito de aplicación: los procedimientos serán adecuados para cada tipo de deudor: personas jurídicas (de derecho privado con o sin fines de lucro) y personas naturales (comerciantes y no comerciantes).

Especialización de jueces

Entes fiscalizados: se hará una nominación y gestión transparente en Boletín Concursal. Para los procedimientos habrá un veedor, un liquidador (síndicos) y un martillero.

Determinación del pasivo: se realizará ante la Superintendencia. Los tiempos de reorganización disminuirán a 20 días hábiles; mientras los de liquidación, a 60.

Boletín concursal: será una plataforma electrónica que reemplazará al Diario Oficial. Se publicarán todas las resoluciones y actuaciones que se dicten en los procedimientos concursables.

Arbitraje concursal: existirán dos: uno forzoso (para las sociedades anónimas abiertas y aquellas que emitan oferta pública de valores) y uno voluntario (para las grandes empresas y aquellas que tengan ventas superiores a las 100.000 UF).

Eliminación de anotaciones y registros comerciales

Insolvencia transfronteriza: se recogerá la Ley Modelo de Insolvencia Transfronteriza de la Comisión de las Naciones Unidas para el Desarrollo Mercantil Internacional (UNCITRAL), para la cooperación entre órganos concursales de los distintos estados para brindar mayor seguridad jurídica para el comercio y las inversiones.

Principales modificaciones al Código Penal: trasladará conductas punibles al Código Penal, eliminará tipos de quiebra fraudulenta y culpable, tipificará conductas penales comunes asociadas a procedimientos concursales y las penas van a ir desde el presidio menor en grado medio a presidio mayor en grado mínimo.

Ley Orgánica de la Superintendencia Concursal: tendrá relación con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía; poseerá un carácter de institución fiscalizadora y estará sujeta al sistema de Alta Dirección Pública.

Pyme Noticias

 

Comentarios 

 
German Jara 13-03-2012 17:04
Soy, una persona natural que como mucho se sobre endeudo, al punto que el dia de hoy no puedo cumplil con mis obligaciones, no tengo protestos pero si he renegociado algunas cosa como hipotecario , puedo solicitar la quiebra y obtener tranquilidad

atentamente
 
 
Leonardo Lazcano Ore 06-03-2012 11:54
era microempresario , tenia un pequeño local de alimentos para mascotas y frutos del pais,pedi muchos creditos como persona natural y mi local no dio los resultados esperados no pudiendo seguir con el,y hoy en dia cerre y me apatrone con un sueldo que no me alcanza pra pagar todos mis creditos y dejando de pagarlos, existe alguna forma de pedir la quiebra y repactar todos los creditos y salir de este infierno
 
 
Superintend Quiebras 15-02-2012 10:28
Estimada sra. Patricia, a propósito de su comentario, le informamos que la Ley 20.416, artículo undécimo, creó la figura del Asesor Económico de Insolvencias para la micro y pequeñas empresas en crisis, el que podría brindale una asesoría especializada para enfrentar los problemas de insolvencias. Si desea mayor información por favor acérquese a las oficinas de la Superintendenci a de Quiebras ubicadas en Huérfanos 626, piso 9, o requiera información en el teléfono 4952590 o 4952596, para ser atendido por alguno de los profesionales del Subdepartamento de Empresas de Menor Tamaño. Tambien puede encontrar información en la página www.squiebras.gob.cl/
banner Asesor Económico de Insolvencias.
Saludos cordiales,
 
 
patricia ortiz candi 04-02-2012 15:31
Soy,pequeña empresaria . Tengo que ser gran empresaria para tener beneficios no llegar ala quiebra.Tengo negocios dentro de la universidad Arturo Prat. como creen que termine el año 2011. tengo mi cta cte.en el bci.sin ninguna ayuda por tener morosidad cuando la solicite . ahora ya tengo protesto.ojala tuviera respuesta GRACIAS
 

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